¿Se considera usura dar 2.000 liras ahora para pedir 2.500 liras dentro de un año?

Respuesta

Nuestro estimado hermano/hermana,

En un hadiz, nuestro Profeta (la paz sea con él) dijo:


“Todo préstamo que genere un beneficio es un préstamo con interés.”

(1)

Así lo estipulan. Esto ocurre cuando el acreedor, al conceder el préstamo, establece cuánto más exigirá después de un tiempo.

Como se desprende del hadiz que hemos traducido anteriormente, no se debe exigir ningún beneficio al prestar dinero. Si no se impone tal condición, no hay inconveniente en que el deudor pague su deuda con una cantidad mayor o con lo mejor que pueda. Porque en este caso, la persona ha pagado su deuda de la mejor manera posible y ha correspondido a la bondad con bondad.


“¿Acaso la recompensa de la bondad no es otra cosa que la bondad misma?”

(2)

Como se indica en el versículo coránico mencionado, este aspecto del asunto concierne especialmente al deudor. El deudor debe reflexionar sobre esto y compensar el daño causado al acreedor.

También existen diferentes opiniones entre los imames hanafíes sobre cómo actuar en caso de que el dinero deje de circular o pierda su valor. El Imam-ı Âzam,


“La deuda debe devolverse en la misma cantidad numérica. Independientemente de que el valor del dinero suba o baje, el deudor debe devolver la misma cantidad que recibió. Si pidió prestados cien liras, deberá pagar cien liras.”

(3) dice.

En cuanto al Imam Muhammad y al Imam Abu Yusuf,


“El deudor no devuelve el doble de lo que recibió, sino el valor que tenía en el momento del pago.”

afirman. Se informa que la fatwa también se emitió de esta manera.

Por lo tanto, quien presta 2.000 liras a alguien durante un año, debe saber que, aunque haya pasado un año, sigue teniendo derecho a esa cantidad. Sin embargo, si al momento del pago el deudor, teniendo en cuenta la pérdida de valor anual del dinero, le da una cantidad adicional, habrá compensado el valor del préstamo recibido.

De los dos imanes (Imam Muhammad e Imam Abu Yusuf)

De acuerdo con su declaración, habría actuado conforme a lo pactado y no habría perjudicado los derechos del acreedor. En este caso, no se habría estipulado un exceso como condición inicial, sino que el deudor habría intentado compensar al acreedor por sus pérdidas.


También se podría optar por la siguiente vía en este asunto.

que es lo más sano y saludable.

Los préstamos pueden realizarse a través de divisas o también mediante oro.

De este modo, también se elimina la duda sobre los intereses.

Según esto, al prestar o pedir prestado, se intercambian divisas, oro o bienes comerciales de valor estable. Fuera de estos casos, un préstamo con un interés especificado después de un año se considera directamente usura y, por lo tanto, no está permitido.




Notas al pie:



(1) Fayḍ al-Qadīr, 5:27. Hadiz núm. 6336

(2) Sura Ar-Rahman, 60

(3) Ibn Abidin, Reddü’l-Muhtar, 4:174. Kasani, Bedayiü’s-Sanayi, 7:394.


(véase Mehmed PAKSU, Preguntas que plantea la época)


Saludos y oraciones…

El Islam a través de preguntas.

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