– Mirar a una mujer con lujuria es pecado, es adulterio de ojos. ¿Además de este pecado, se incurre también en el pecado de violar los derechos de otro? Porque una mujer extraña, en cierto modo, está siendo utilizada. ¿Se considera violación de derechos de otro si la mujer a la que se mira se da cuenta y se siente molesta? ¿O se considera violación de derechos de otro tanto si se siente molesta como si no? – Si una mujer se viste de manera provocativa, incitando a los hombres, ¿el hombre que la mira aún así le debe algo a ella?
Nuestro estimado hermano/hermana,
El hombre que mira lo prohibido comete un pecado. Si una mujer viste de manera provocativa y no se cubre, los hombres que la miran cometen un pecado, pero no hay ningún derecho de los demás involucrado entre el que mira y la que es mirada.
Si un hombre, con intención y por curiosidad, mira las partes íntimas de una mujer que se ha cubierto, habrá cometido un pecado y habrá violado los derechos de esa persona. Esta persona debe arrepentirse.
Saludos y oraciones…
El Islam a través de preguntas.