¿Puede una persona que tiene la posibilidad de pagar la expiación del juramento con bienes realizar el ayuno expiatorio? He roto un juramento. Tengo la capacidad de alimentar a los pobres, pero como vivo en Europa, no encuentro pobres. ¿Es lícito ayunar tres días?






Respuesta

Nuestro estimado hermano/hermana,


Por la expiación debida por romper y no cumplir el juramento que hizo.

expiación del juramento

Se dice. Como expiación del juramento, se debe alimentar o vestir a diez (10) pobres dos veces al día, mañana y tarde.


Expiación

Puede hacerse mediante la entrega de bienes o mediante el pago de su valor. También puede hacerse mediante la designación de un apoderado.


No está permitido que quien pueda expiar un juramento con bienes materiales ayune.

Si no hay personas necesitadas en su propia región, puede designar a alguien para que actúe en su nombre y entregue este dinero a los necesitados.


Si no se puede hacer frente a esto,

Es decir, si no se puede llegar a los pobres, se ayuna tres días seguidos. Ningún impedimento debe interrumpir estos ayunos; si lo hace, la expiación se anula y debe comenzarse de nuevo.


(Celal Yıldırım, Derecho Islámico con sus Fuentes, Editorial Uysal, III/159.)


Saludos y oraciones…

El Islam a través de preguntas.

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