Se dice que “en la época de Solimán el Magnífico, el tipo de interés oficial se fijó en el 12% mediante una fetua del jeque ul-Islam Ebussuud Efendi”.
– ¿Qué opina usted sobre este tema?
Nuestro estimado hermano/hermana,
Para que la gente no recurra a los usureros por necesidad y para que no se presten ni cobren intereses abiertamente.
“trato” o “tratamiento”
se ha creado una especie de solución (truco, remedio) llamada así; es decir, el Imperio Otomano no permitía formalmente el interés,
procedimiento de tratamiento
y ha abierto el camino para acceder al dinero necesario.
Esto se hace de dos maneras:
1. Hoy en día, se trata de un método conocido como “tawarruq”:
A, que necesita dinero, compra un bien a B, que tiene dinero, por 115 liras a plazo, y lo vende a C por cien liras al contado. C, a su vez, vende el bien a A por cien liras. De esta manera, A obtiene las cien liras que necesita, endeudándose por 115 liras.
2.
A le compra a B un producto a crédito por 115 liras y luego se lo vende a B al contado por cien liras; a esto se le llama
“ıyne”
También se le llama venta. Esta última generalmente no está permitida.
En ocasiones, el Imperio Otomano limitó los beneficios en las transacciones comerciales. En las Fatwas de Ebussuud, publicadas por el Sr. Akgündüz,
El margen de beneficio es de once y medio.
ha sido definido como
(pág. 379)
Saludos y oraciones…
El Islam a través de preguntas.