Mi hermano no nos da nuestra parte de la herencia porque la propiedad está a su nombre, ¿cuál es su responsabilidad?

Detalle de la pregunta
Respuesta

Nuestro estimado hermano/hermana,

No importa a nombre de quién esté registrada la escritura de propiedad. Hay muchas razones por las que el propietario de una propiedad puede registrarla a nombre de otra persona.

Si su padre era el propietario del terreno y/o del edificio, usted tiene derecho a una parte de la propiedad tras su fallecimiento. Si su padre lo cedió con condiciones (por ejemplo, que si se vendía, se les diera una parte a ellos), entonces esas condiciones deben cumplirse.

Después de esta breve información, pasemos a los detalles del tema:

Si no existe un documento oficial, la simple alegación de que el padre donó un bien a uno de sus hijos en vida no es suficiente. Esto debe probarse con testigos o los herederos deben aceptar la alegación libremente. Si no hay testigos o los herederos no aceptan la alegación de donación por falta de testigos, se les tomará juramento de que desconocían la donación. Tras el juramento, todos los herederos recibirán su parte según la ley de sucesiones.

Algunos ejemplos de fetuas sobre este tema son los siguientes:

Sí, toda la herencia de la madre fallecida se reparte entre los herederos según las proporciones establecidas por la ley islámica. Se respondió que no se dictará sentencia a favor de quien reclame una donación a menos que pruebe su reclamación según el procedimiento legal islámico. (el-Fetava’l-Mehdiyye, 5/96)

De lo contrario, los herederos tendrían que jurar que no lo sabían. (Buğyetu’l-Musterşidin, p. 367)

La donación del padre al hijo no se considera válida únicamente con la inscripción en el registro de la propiedad, a menos que se demuestre mediante testigos o sea aceptada por los demás herederos. Es necesario probar que el padre le entregó la propiedad como donación.

Por ejemplo, según los Hanafi, si alguien planta un viñedo para su hijo y dice “se lo he dado a mi hijo”, se considera una donación. Si dice “lo he plantado en nombre de mi hijo”, no se considera una donación. (Reddu’l-Muhtar, 5/689)

Según la escuela de jurisprudencia Shafi’i, la escritura por sí sola no constituye una prueba religiosa en todos los contratos, noticias y declaraciones de construcción. Debe expresarse claramente que se entrega como propiedad. Si no se sabe con certeza que se entrega como propiedad, los herederos no están obligados a actuar en consecuencia, ya que carece de validez y no tiene carácter de prueba religiosa. (Buğyetu’l-Musterşidin, p. 385)

Por otro lado, el hecho de que el hijo en cuestión haya realizado mejoras en la casa, y que haya vivido en ella tanto antes como después de la muerte de su padre, no implica que la casa le haya sido donada. De hecho, si alguien le dijera a otro que hiciera mejoras en un terreno, y este lo hiciera, no significa que el terreno le haya sido donado. Del mismo modo, si alguien le diera a su hijo una cantidad de dirhams, y el hijo hiciera negocios con ellos y obtuviera ganancias, si luego el padre muriera y se viera que la intención era una donación, todo sería una donación; pero si la intención era que hiciera negocios, todo sería herencia. (Düreru’l-Hukkam, 2/403)

Finalmente: Si quien alega la donación no puede probarla mediante testigos, los herederos jurarán que desconocen la donación de dicha casa. (Buğyetu’l-Musterşidin, p. 122)

– Si el padre ha donado la casa paterna a su hijo, para que la donación sea válida, se requieren testigos imparciales o que los herederos restantes consideren suficiente dicha declaración. De lo contrario, la donación no se acepta y todos los bienes se reparten entre los herederos según el procedimiento islámico.

– La donación no se considera efectuada con la mera inscripción de la escritura de propiedad a nombre del hijo en cuestión, a menos que exista una declaración de la persona que realiza la donación indicando que la entrega se realiza a título de propiedad.

– El hecho de que el hijo haya hecho ahorros en esta casa no implica que la casa le haya sido donada por el hecho de que haya vivido en ella mientras su padre estaba vivo y después de su muerte.

– La donación es válida si la persona a quien se le hizo la donación prueba que su padre le donó la casa en vida y la recibe de él de acuerdo con las normas religiosas. En ese caso, los demás herederos no tienen derecho a reclamar parte de ella.

– Si quien alega la donación no puede probarla con testigos, los herederos jurarán que desconocen la donación de la casa en cuestión. En este caso, la casa formará parte de la herencia y se repartirá entre los herederos según la partición religiosa.


Saludos y oraciones…

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