– Sospechas de alcohol en los refrescos y la Coca-Cola…
Nuestro estimado hermano/hermana,
El alcohol puede estar presente en los alimentos de tres maneras diferentes.
1.
El alcohol presente en alimentos y bebidas que no superen un cierto porcentaje como resultado de la fermentación no se considera haram. Ejemplos de esto son el kéfir y la boza.
2.
También es halal consumir alimentos y bebidas que contienen alcohol de forma natural, como las frutas.
3.
El uso de bebidas que contienen alcohol como disolvente, sin fines medicinales o terapéuticos, es considerado reprobable desde el punto de vista religioso. Si el alcohol se utiliza como disolvente y no sufre ninguna alteración, el consumo de dicha bebida no es lícito. Si se utiliza un disolvente lícito que no sea alcohol, entonces sí sería lícito.
En conclusión:
La regla básica en cuanto a alimentos y bebidas es que se consideran halal hasta que se demuestre lo contrario. Por lo tanto, se vuelven haram solo cuando se confirma su prohibición. Sin embargo, siempre es mejor evitar lo dudoso.
Es necesario examinar la composición de cualquier refresco y determinar si se ha añadido alcohol como disolvente. Algunos fabricantes de refrescos, para asegurar que la esencia añadida se mezcle con el agua, utilizan alcohol etílico debido al alto coste o la escasez del producto original. La decisión al respecto varía según el refresco, e incluso según la religiosidad del fabricante. Para dictaminar correctamente, es necesario conocer los aspectos mencionados.
Saludos y oraciones…
El Islam a través de preguntas.