¿Es válido prometer como voto una oración obligatoria? Algunos prometen como voto una oración obligatoria (las cinco oraciones diarias, ir a la oración del viernes, etc.)…

Detalle de la pregunta

Algunos prometen como sacrificio la oración obligatoria (las cinco oraciones diarias, ir a la oración del viernes, etc.). Dicen: “Si esto sucede, rezaré durante cuarenta días” o “Si esto sucede, iré a la primera oración del viernes”. ¿Qué ejemplo concreto podemos mostrarles para que entiendan que esto está mal?

Respuesta

Nuestro estimado hermano/hermana,

La promesa tiene una serie de condiciones; podemos resumirlas de la siguiente manera:


1.

Que exista una obligación o deber del mismo tipo que lo que se ha prometido (como el Hajj, el ayuno o la oración).


2.

Que lo consagrado sea el fin en sí mismo,

Las oraciones, el ayuno y la peregrinación son actos de adoración en sí mismos; no son medios para otro acto de adoración. Pero la ablución no es así, es un medio para realizar la oración, tocar el Corán o hacer la circunvalación de la Kaaba. Por lo tanto, prometer realizar la ablución no tiene ningún valor legal; es decir, no se considera una promesa religiosa.


3.

Que el acto de adoración ofrecido no sea ya una obligación o deber para la persona,

No es válido el voto de quien se compromete a realizar la oración del viernes o a ayunar en Ramadán, ya que estas son obligaciones preceptivas para todo musulmán.


4.

Que lo que se ofrezca no sea un delito que entre en la categoría de pecado,


“Si este trabajo que he empezado sale bien, me tomaré una botella de vino.”

o bien

“Si consigo este trabajo, daré mi vida por él.”

Las ofrendas de este tipo no son válidas, ya que se consideran un pecado.


5.

Que lo que se promete sea posible,


“Si fulano viene o si mi hijo regresa sano y salvo, ayunaré el día que venga o regrese.”

Quien haya hecho una promesa de ayuno, si el hombre del que habla llega después del mediodía o después de levantarse por la mañana y desayunar, no podrá ayunar ese día. Porque ya ha desayunado o, al llegar después del mediodía, ya ha pasado el tiempo para hacer la intención.


6.

Que lo que haya consagrado se encuentre en su propia propiedad,

No es válido consagrar algo que no es de su propiedad.

“Si viene fulano, degollaré la oveja de mi vecino y la repartiré.”

Si lo llama así, no se considera lícito. Porque la oveja no es de su propiedad, sino de otra persona.



No es válido prometer una obligación religiosa que ya se tiene, como se indica en las condiciones del voto.


(Celal Yıldırım, Jurisprudencia Islámica)


Saludos y oraciones…

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