¿Es lícito retirar dinero del banco antes de la fecha de vencimiento de la cuota, pagando un porcentaje al banco? Utilizo un terminal de punto de venta (TPV). Como el banco realiza un corte de cuenta diario, se me cobra un cierto porcentaje. ¿Este porcentaje se considera interés o es haram (prohibido en el Islam)?






Detalle de la pregunta

Soy propietario de una tienda de ropa. Utilizo un terminal de punto de venta (TPV). El banco me cobra una comisión por el cierre diario de caja. ¿Esta comisión se considera interés o es haram (prohibido en el Islam)?

Respuesta

Nuestro estimado hermano/hermana,

Las tarjetas de crédito no son todas iguales. Hay tarjetas con intereses y tarjetas sin intereses. Hay tarjetas que se pagan a tiempo y tarjetas que se pagan con retraso. Si paga el importe de la compra realizada con la tarjeta antes de la fecha de vencimiento (según lo acordado), no incurrirá en intereses. De esta manera, no habrá ningún inconveniente con su tarjeta de crédito.

Si no paga la deuda de su tarjeta a tiempo y se retrasa, tendrá que pagar su deuda con intereses. De esta manera, su tarjeta se verá afectada negativamente.

El quid de la cuestión es no exceder el plazo de pago sin intereses que ofrece la tarjeta, para no tener que pagar intereses por retraso. Si la usas sin pagar intereses, no hay problema; si la usas pagando intereses, sí que hay problema.

Además, la entidad emisora de la tarjeta de crédito puede deducir una cierta cantidad en concepto de servicio y riesgo al pagar al vendedor el importe que debe cobrar al comprador. Esto no es un interés, sino una contraprestación por el servicio prestado. Porque nadie puede ser obligado a pagar la deuda del vendedor con el cliente y luego tener que encargarse de la cobranza. Si se presta este servicio, debe tener una contraprestación.


En el Islam, el corretaje es una profesión legítima.


Se cobrará una comisión por el servicio prestado. Serahsi, el propietario de Mebsut, lo expresó con una visión adelantada a su tiempo, en el siglo V.

Lo mejor, en realidad, es no acostumbrarse a comprar con tarjeta de crédito. Porque la tarjeta de crédito proporciona una sensación de comodidad, como si se estuviera comprando sin dinero. Sin embargo, cuando llega el día de pago, se descubre la suma total de las deudas acumuladas. Entonces comienza el arrepentimiento, e incluso se enfrenta la dificultad de pagar todo de una vez. En este caso, o se paga forzando el presupuesto familiar, o se ve obligado a aplazar el pago, cayendo en el pago con intereses. De esta manera, se termina involucrado en intereses sin quererlo.

En este caso, se podría decir que el uso de tarjetas de crédito de instituciones financieras sin intereses ofrece cierta seguridad al evitar la posibilidad de incurrir en intereses.


En cuanto a obtener el dinero antes de la fecha de vencimiento del pago a plazos, pagando un porcentaje al banco:



El establecimiento que vende con tarjeta de crédito puede recibir el pago del banco en la fecha de vencimiento del pago del cliente. Recibirlo antes de esa fecha con descuento, constituyendo un interés, no está permitido.


(Presidencia de Asuntos Religiosos)

Este tema se suele comparar con el descuento de cheques y pagarés. Por lo tanto, queremos responder explicando la situación relacionada con el descuento de cheques y pagarés. Cuando un vendedor o propietario necesita dinero en efectivo, lleva el cheque o pagaré a un banco antes de la fecha de vencimiento y lo convierte en efectivo. Es decir, el banco descuenta una parte del dinero del cheque o pagaré y le paga el resto en efectivo, de modo que recibe dinero en efectivo, aunque sea menos. Recibe menos dinero por el pagaré o cheque que se pagará en el futuro, y le da el dinero restante a la persona que paga.

En este caso, ¿qué recibe a cambio quien paga por adelantado?

Por supuesto, representa el interés del dinero recibido por adelantado. Creo que sería más claro si dijéramos: “Esto es pedir prestado con interés”. Esta persona le está diciendo a quien le dio el cheque y el pagaré:

“Cuando llegue el día, recibirás más de lo que indica este cheque. Así que, dame esta cantidad ahora por adelantado, y quédate con el resto como interés del dinero que me has dado.”

Esa es la esencia del asunto: prestar y pedir prestado con intereses.

Aquí está el caso de alguien que compra a plazos con tarjeta de crédito y quiere obtener ese dinero antes de tiempo. En este caso, deja una parte en el banco y retira el resto. Esto no está permitido. En este sentido, se asemeja a la práctica de descontar cheques y pagarés. Existe una segunda opción que sí está permitida, y es probable que se esté confundiendo con esta. Podemos expresarla de la siguiente manera:


Si el titular del cheque o pagaré desea pagar su deuda antes de la fecha de vencimiento, el acreedor puede hacerle el descuento que desee. No hay ningún inconveniente en ello, ya que se trata de un acuerdo bilateral entre acreedor y deudor. No hay un tercero que esté descontando el cheque o pagaré. El acreedor le hace un descuento al deudor, y el deudor paga antes de la fecha de vencimiento. De esta manera, obtiene el dinero en efectivo que necesita urgentemente. Esto no es interés, sino que es lícito.

Sobre este tema.

“Guía de Comercio con Principios Islámicos”

En su libro, el Profesor Dr. Hamdi Döndüren dice lo siguiente:


“Si el deudor principal (que emite el cheque o el pagaré) desea pagar su deuda anticipadamente, antes del vencimiento, esto es posible y lícito. ¡El acreedor incluso puede hacer un descuento por este pago anticipado! Porque si el acreedor tiene derecho a no cobrar la totalidad de una deuda e incluso a perdonarla al deudor, ¡no hay duda de que también tiene derecho a no cobrar una parte de ella!”


“Sin embargo, si un tercero o un banco paga el valor del cheque o del pagaré antes de su vencimiento, y el acreedor ha hecho un descuento en el valor del cheque, esto equivale a intercambiar una deuda (crédito) que es una deuda de confianza por otra deuda diferente, y la diferencia entre ambas sería el “interés”!”


“Hoy en día, el descuento de pagarés lo realizan principalmente terceros.”

(pág. 169)

Podemos expresar también los aspectos permitidos y no permitidos de este asunto de la siguiente manera: Si el deudor no puede pagar el cheque o el pagaré en su fecha de vencimiento, extender el plazo y aumentar la deuda también se considera usura. Sin embargo, para concederle al deudor que no puede pagar un plazo adicional, es permisible convertir la deuda al precio del oro desde la fecha de pago y cobrar la diferencia de inflación hasta la fecha de pago. De esta manera, el deudor gana algo de tiempo y el acreedor se protege en cierta medida de las pérdidas inflacionarias. Ambas partes pueden sentirse mentalmente tranquilas.


Nota:


Desde su creación, las instituciones financieras privadas han realizado sus transacciones consultando a profesores de teología expertos en la materia.

Evitar los intereses es su objetivo principal. Es difícil decir que todas las transacciones que realizan hoy en día son ideales, porque existe un sistema económico establecido. Este sistema es esencialmente de origen occidental, más que islámico. Por lo tanto, las instituciones financieras también tienen dificultades para realizar algunas de sus transacciones de acuerdo con los métodos islámicos. Sin embargo, esto no significa que debamos decir que son lo mismo que las instituciones que cobran intereses.


Saludos y oraciones…

El Islam a través de preguntas.

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