Nuestro estimado hermano/hermana,
Quien no tenga la fuerza para ayunar y tampoco sea lo suficientemente rico como para pagar la expiación, lo que debe hacer es pedir perdón y misericordia a Dios. La obligación de pagar la expiación ha desaparecido para él.
Si alguien paga su fidyah y luego recupera la salud para poder ayunar, no le bastará con la fidyah pagada previamente; deberá compensar los ayunos que no pudo realizar. En este caso, si fallece sin haber compensado los ayunos, deberá dejar testamento a sus herederos para que estos paguen la deuda de ayuno. Si fallece antes de recuperar la salud, la fidyah pagada será suficiente y no será necesario dejar testamento.
La expiación por el ayuno, entre los actos de adoración, está establecida por un versículo:
Como se desprende del versículo, los enfermos y los viajeros pueden recuperar el ayuno posteriormente. Quienes, por razones como la vejez o una enfermedad crónica, no puedan recuperarlo más tarde, deberán pagar una expiación (fidya).
Ahora también puede pagar la expiación por los ayunos que no pudo cumplir hace dos o tres años.
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Saludos y oraciones…
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